El día 1 de junio de 2021 se promulgó la Ley N°21.342 que, entre otros, hace efectiva la obligatoriedad que tendrán las empresas con trabajadores en jornadas presenciales de contratar un seguro para cubrir los gastos asociados a hospitalización, rehabilitación y fallecimiento producto de la Covid-19, esto mientras dure la alerta sanitaria vigente.

La póliza va en beneficio directo del trabajador, lo que significa que su duración tendrá cobertura si está con el empleador que contrató el seguro, o bien el trabajador decide cambiarse de trabajo.

Este seguro se divide en 2 partes:

Cobertura Salud:

  1. Tratándose de los trabajadores afiliados a FONASA, pertenecientes a los grupos B, C y D, el seguro indemnizará un monto equivalente al 100% del copago por gastos de hospitalización realizados en en la red asistencia. Fuente: bciseguros.cl
  2. Tratándose de trabajadores cotizantes de una ISAPRE, siempre que se atienda en la Red de Prestadores para la Cobertura Adicional Para Enfermedades Catastróficas (CAEC). el seguro indemnizará el deducible de cargo de ello, que corresponda a la aplicación del CAEC. Fuente: bciseguros.cl

En ambos casos, la cobertura asegurada se aplicará respecto al la hospitalización y rehabilitación derivada del diagnostico confirmado de COVID 19. Es importante mencionar que la cobertura estará sujeta a la vigencia de esta póliza.

Cobertura Por Muerte:

En caso de fallecimiento del trabajador de cualquier edad y cuya causa de defunción tenga su origen en COVID 19, se indemnizará a quien corresponda con 180 UF

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